- PROFUNDIZACIÓN: LA APLICACIÓN DE LA PSICOLOGÍA, POR QUÉ ES IMPORTANTE PROTEGER
- ¿QUÉ PROTECCIONES PARA LAS VÍCTIMAS?
Qué es la violencia doméstica y cómo combatir la violencia familiar, cuáles son las reglas que nos protegen contra la violencia doméstica
la violencia domestica incluye una serie de actos de persecución teniendo lugar en el entorno familiar, en familia, La violencia domestica Proporciona garantías para proteger a las víctimas. Es importante saber el formas de violencia domestica y las leyes que lo castigan.
la mal trato dentro de la familia representan una forma de violencia Recién reconocido recientemente. Este es un fenómeno muy complejo que se manifiesta con comportamientos de modos e intensidad cambiantes que dañan a la persona humana en el cuerpo, pero también, y sobre todo, en la mente y en los afectos.
PROFUNDIZACIÓN: LA APLICACIÓN DE LA PSICOLOGÍA, POR QUÉ ES IMPORTANTE PROTEGER
Estos comportamientos son reunidos por la voluntad de quienes los realizan. Someter al familiar a la humillación y al sufrimiento. tambien psicologicamentey que le privan de dignidad, decoro y libertad. En este sentido, se habla de derecho penal familiar. Las formas de violencia pueden ser diferentes.
VIOLENCIA PSICOLOGICA Primero podemos hablar de violencia psicologica cuando, a través de la continua manipulación verbal, el autor perjudica la libertad y la identidad del otro, lo menosprecia, lo hace inseguro y en un estado de sujeción constante. la acoso moral Pueden manifestarse con el rechazo de los demás, burla, desprecio, mortificación, opresión. En este caso hablamos de "terrorismo psicologico ", implementado también con agresión no verbal. Estos comportamientos pueden complementar los delitos de insulto (594 cp), violencia privada (art. 610 cp), amenaza (art. 612 cp), instigación o ayuda al suicidio (art. 580 código penal), y en los casos más graves de aislamiento., también el delito de secuestro (art. 605 del código penal).
La violencia física - Hablamos, entonces, de violencia física, que es la forma de maltrato más obvio a la cual también se acerca la violencia psicológica normal y que puede integrar los delitos de lesiones personales (artículos 582, 583 y 590 del Código Penal) y palizas (artículo 581 del Código Penal), abuso en la familia (artículo 572 del Código Penal), arriba asesinato o intento de asesinato (artículo 585 del Código Penal italiano).
VIOLENCIA ASISTIDA - A los dos tipos de violencia analizados agregamos el asistido para que se entienda como cualquier otro. acto de violencia físico, verbal, sexual, económico En figuras de referencia para el niño. o en otras figuras significativas, adultas o menores. Por lo tanto, se trata de formas de violencia sufridas por otras personas a quienes el niño asiste. Bajo un perfil estrictamente legal, no existe una legislación específica y pertinente en nuestro sistema, por lo que se debe hacer referencia al delito de abuso familiar (Artículo 572 del Código Penal).
VIOLENCIA ECONOMICA - Y de nuevo, la violencia económica que está muy presente en el realidad familiar cotidiana, consiste en una serie de actitudes dirigidas a Prevenir la independencia económica del familiar. para ejercer un control indirecto, pero desafortunadamente incisivo, a través de, por ejemplo, la prevención del ejercicio de una actividad laboral, la propiedad de una cuenta corriente personal, el conocimiento del ingreso familiar. Estos comportamientos pueden constituir delitos atribuibles a la violación de las obligaciones de asistencia familiar (art. 570 código penal), a malos tratos en la familia (art. 572 c.p.p.) y a la violencia privada (art. 610 código criminal).
STALKING - Otra tipología de violencia domestica está representado por Stalking que puede consistir en una serie de comportamientos Vigilancia y control repetidos e intrusivos. Buscando contacto con la víctima que perjudica la libertad moral del sujeto. Las conductas deben ser persecutorias y por lo tanto entender un comportamiento. obsesivo y repetitivo Eso llega al límite de la no tolerancia.
En los casos de acoso, la víctima produce un Estado persistente de ansiedad y miedo., un temor bien fundado por la propia seguridad personal o la de un próximo pariente o una persona a la que uno está obligado por una relación afectiva que la obliga a cambiar sus hábitos de vida. En sustancia, el delito de actos de persecución nos referimos a una situación que se detiene en una etapa anterior a la potencialmente trágica y tiene como objetivo evitarla.
MOVIMIENTO - Finalmente, entre los casos más comunes de violencia familiar también es posible incluir el mobbing. El término, generalmente utilizado en el mundo del trabajo para calificar el conducta vejatoria del empleador y sus colegas hacia el empleado, en el caso de violencia familiar indica el comportamiento de un cohabitante hacia el otro, caracterizado por acoso y abusos para determinar la fragilidad de la vida de la víctima y el deseo de aislamiento.
Pueden ser víctimas de esta conducta - que se manifiesta, por ejemplo a través de la crítica, o, por el contrario, los silencios, la negativa a comunicarse con la víctima, la negación de cualquier contacto, limitaciones de la libertad personal, el poder de decisión, la libertad de expresión - Todos los miembros de la unidad familiar. que se ven obligados a soportarlo. El fenómeno, desafortunadamente, todavía no ha encontrado una definición ni en doctrina ni en jurisprudencia.
¿QUÉ PROTECCIONES PARA LAS VÍCTIMAS?
En cuanto a la protección de las víctimas, se destaca que, con la ley 154/2001, se introdujo una en nuestro sistema. tipo dual de medidas, a saber, las órdenes de Protección contra el abuso familiar. (artículos 342 bis y ter del código civil) y elretiro de la casa familiar (art. 282 bis código de procedimiento penal) extendido a la familia de facto a la que puedes unirte La prohibición de acercarse a ciertos lugares. y yo'Orden para el pago periódico de un cheque a favor de las personas que cohabitan las cuales, debido a la medida, permanecen sin medios adecuados de subsistencia.
Así, el legislador le dio a la víctima de violencia familiar la elección de instrumentos. A esto se añade la protección introducida por el decreto legislativo. n. 11/2009 con el prohibición de aproximación (art. 282 ter código penal), junto al cual también es posible prohibir que la persona acusada se comunique por cualquier medio con la persona lesionada o sus familiares o parientes cercanos.
Por elAbogado Francesca Maria Croci