En resumen, la infidelidad conyugal, la traición de uno de los cónyuges legitima la solicitud de indemnización por el daño por la esposa o el esposo traicionado
Traición y daños
la traición del cónyuge Es razón suficiente para pedir. indemnización por daños y perjuicios. Linfidelidad conyugal De hecho, se castiga no sólo con un eventual débito de separación, pero también con el pago de daños que el cónyuge víctima de traición ha sufrido
Traición: cómo utilizar la evidencia del investigador privado
la incumplimiento de obligaciones elevándose de matrimonio, si por un lado legitima la solicitud de debito de separacionPor otra parte, puede integrar un delito civil, dada la naturaleza jurídica y moral de los deberes que se derivan de esta unión. Y así sucede, por ejemplo, que el cónyuge, confiando en la continuidad de la relación, dedicate por completo a la familiatal vez descuidar las oportunidades de trabajo (y, por tanto, descuidar la propia carrera), solo para ser encontrado, siguiendo el separación, incapaz de volver a entrar en el mundo del trabajo.
O, de nuevo, piensa en los casos más graves dviolaciones de deberes de asistencia moral o material, donde también falta el respeto a las reglas más básicas de convivencia. Ciertamente, más frecuente es la hipótesis en la que el quiebra de matrimonio es atribuible a uno o más asuntos extramaritales emprendida por el socio, dejando al otro en un estado de dificultad objetiva, ante las posibles repercusiones de dicho comportamiento en la salud, privacidad y reputación de este último.
Las situaciones que acabamos de describir, si es que involucran aldébito de separaciónTambién parecen ser dignos de compensación, dado el daño injusto que a menudo sufre el cónyuge "inocente". Restringiendo la atención a deber de lealtad, es bueno especificar que, bajo ciertas condiciones, la traicion de un compañero puede dar lugar a un compensación justa a favor del otroSegún los criterios generales de responsabilidad civil (artículos 2043 y 2049 del Código Civil), se demuestra que esto ha dañado la salud y la dignidad de la persona traicionada.
Si bien, inicialmente, la jurisprudencia tendió a negar esta posibilidad, durante algunos años, en cambio, la Casación ha mostrado un replanteamiento, reconociendo, por lo tanto, que el comportamiento del cónyuge no solo puede Constituir una causa de separación o divorcio., pero también puede justificar uno reclamación de indemnización (Sentencia de Casación Civil, Sección I, de fecha 15/09/2011, No. 18853).
Sin embargo, esto puede suceder independientemente por el hecho de que los cónyuges han optado por una separación consensual, y por lo tanto sin ninguna solicitud de débito. El caso presentado para su examen por el Tribunal Supremo se refería a la apelación presentada por una esposa con la intención de solicitar la Condena a su esposo por daños. (biológico y existencial) causado por la violación de los deberes matrimoniales y, específicamente, por la infidelidad, realizado, según él, con modalidades frustrantes y denigrantes, dada la notoriedad de la relación del hombre con una mujer también casada.
No fue, por tanto, una "escapada clandestina", sino una Relación extramatrimonial "flagrante", se mostró públicamente, sin que su esposo mostrara el menor respeto por su esposa, su imagen y su privacidad. De hecho, para que podamos obtener el sentencia para pagar daños, es necesario probar que el traición tiene causó a la pareja una lesión adicional En comparación con el obvio sufrimiento psíquico. provocado por la infidelidad, demostrando que sufrió un daño efectivo y grave a los derechos fundamentales garantizados por la Constitución, es decir, por ejemplo, al reputacióna lahonor y al dignidad.
El daño existencial.
Pero elindemnización por daños y perjuicios la no equidad también se puede proponer en juicio de separación junto con solicitud de débito? Después de una primera orientación contraria del Tribunal de Casación, recientemente, la jurisprudencia se ha expresado en sentido favorable, afirmando, por lo tanto, que, en caso de separación de esposos, la pronunciación de débito y la compensación del daño puede ciertamente coexistir (sentencia de Casación Civil, Sección I, de 06.16.2012 n. 8862).
En última instancia, cuando estás en presencia de un violación de un deber conyugal que ha violado un derecho protegido constitucionalmente de la persona, esposo o esposa, es decir, es posible solicitarlo, además, por supuesto, de la ley. separación con débito, una compensación por los daños sufridos como resultado del comportamiento ilegal del cónyuge, si son incompatibles con el curso normal y saludable de la vida de la pareja y muestran una evidencia obvia. desinterés por la pareja.
Será claramente del cónyuge traicionado. demostrar el alcance del daño sufrido, Tanto morales como económicos, utilizando los instrumentos típicos de las acciones de compensación (valoraciones, certificaciones, testimonios, etc.).
Por elAbogado Francesca Oriali